Piso 3 Habitaciones en San Jorge
San Jorge, Pamplona / Iruña, Navarra
3 habitaciones
1 cuarto de baño
87 m²
Excelente piso exterior en la 2 planta de un edificio plurifamiliar de 5 plantas sobre rasante sin ascensro en el municipio de Pamplona, provincia de Navarra. Consta de tres dormitorios, un cuarto de baño, cocina equipada y salón-comedor. Superficie construida de 87,60 m² aproximadamente. Dispone de cocina equipada con horno, placa y campana extractora. Acristalamiento tipo climalit, y carpintería exterior de aluminio. Suelos de parquet en salón y dormitorios, cerámico en cocina y baño. Paredes de pintura tipo gotelé. Todo en buen estado de conservación. Las viviendas del entorno corresponden a edificios plurifamiliares de similares características, teniendo el barrio carácter urbano consolidado. Entorno con equipamientos completos: médico-sanitario, docente, religioso, comercial, zonas verdes y deportivas. Comunicaciones completas con el resto de la provincia por carreteras y autopistas (N-240, PA-30, A-15), servicios de ferrocarriles autobuses interurbanos. Buenas comunicaciones con el resto de la ciudad, con paradas próximas de autobuses urbanos interurbanos. El aeropuerto de Pamplona se encuentra a 6 kilómetros de la ciudad *Oferta válida para contratos formalizados entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre de 2020 Consta de tres dormitorios, un cuarto de baño, cocina equipada y salón-comedor. Superficie construida de 87,60 m² aproximadamente. La renta mensual actual de este inmueble es de 769,8, siendo la fecha de vencimiento del contrato 20/08/2027.A fecha de publicación del presente anuncio el arrendatario se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones siendo la renta estimada y la fecha de vencimiento ( sin perjuicio de las prórrogas que conforme a ley correspondan) la que se hace constar en el anuncio. Las rentas devengadas hasta la fecha de transmisión corresponderán al vendedor y las que se devenguen a partir de la transmisión corresponderán al comprador. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
#ref:CK-03841-0001
132.000 €
Hace 9 h 6 minutos fotocasa.es
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