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    Área
    Tipo de inmueble
    Caracteristicas
    Fecha de publicación

    62 Viviendas para venta T0 en Zamora

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    Piso  en Zamora Centro

    Piso en Zamora Centro

    Zamora Centro, Zamora, Zamora
    0 habitaciones
    2 baños
    309 m²
    00050. Bienvenido a una propiedad excepcional que redefine los estándares de exclusividad en el corazón de Zamora. Este magnífico inmueble, sin igual en la ciudad, representa la cúspide de la distinción.~~Ubicado en una zona privilegiada del centro de Zamora, este casoplón ofrece una experiencia de vida sin igual para aquellos que buscan lo mejor de lo mejor. Con una ubicación estratégica y prestigiosa, esta propiedad es mucho más que una simple ...residencia: es un verdadero símbolo de estatus.~~Desde el momento en que pones un pie en este espectacular espacio, experimentarás una sensación de libertad y grandeza gracias a sus amplios espacios así como sus impresionantes vistas panorámicas.~~Ya sea que estés buscando darte el capricho de poseer una residencia de ensueño o vislumbrar el potencial para desarrollar una urbanización de alto standing, este inmueble ofrece una plataforma única para hacer realidad tus ambiciones. Imagina despertar cada día en un lugar donde el lujo y la exclusividad son parte de tu vida cotidiana.~~No pierdas la oportunidad de ser parte de esta experiencia única. Contáctanos hoy mismo para reservar tu cita y descubrir todo lo que esta propiedad tiene para ofrecer. La vida de lujo que siempre has deseado te espera en el centro de Zamora.~~Ya sea que seas un comprador exigente en busca de una residencia excepcional o un inversor que reconoce el potencial de este inmueble, estamos aquí para ayudarte a explorar todas las posibilidades que ofrece.~~ Venta: . Visítanos en Todopisos.Mostrar #ref:
    1.400.000 €
    Hace 7 días globaliza.com
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    Piso en La Candelaria

    La Candelaria, Zamora, Zamora
    0 habitaciones
    81 m²
    Piso situado en la planta primera de un edificio de seis alturas sobre rasante y dos alturas bajo rasante, ubicado en la localidad de Zamora, en la provincia de Zamora. La vivienda está compuesta por dormitorios, un baño, salón-comedor y cocina. El edificio tiene una antigedad de 52 años, construido en el año 1967, sin ascensor. Propiedad de dormitorios, un baño, salón-comedor y cocina, distribuidos en una superficie de 73.98 metros cuadrados construidos y 59.66 metros cuadrados útiles. La renta mensual actual de este inmueble es de 82,64, siendo un contrato de renta antigua. A fecha de publicación del presente anuncio el arrendatario se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones siendo la renta estimada y la fecha de vencimiento (sin perjuicio de las prórrogas que conforme a ley correspondan) la que se hace constar en el anuncio. Las rentas devengadas hasta la fecha de transmisión corresponderán al vendedor y las que se devenguen a partir de la transmisión corresponderán al comprador. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CK-02790-0001
    58.300 €
    Hace 11 días fotocasa.es
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    Casa o chalet  en La Hiniesta

    Casa o chalet en La Hiniesta

    La Hiniesta, La Hiniesta, Zamora
    0 habitaciones
    147 m²
    Se trata de una Casa de Pueblo de una sola planta adosada, ubicado en la calle Iglesia, en la localidad de La Hiniesta, en la provincia de Zamora. La vivienda tiene la siguiente distribución un hall de entrada, que da acceso a una cocina independiente, y un pasillo que distribuye a un salón comedor, varias estancias que se considerarían dormitorios, y un cuarto de baño completo con bañera. Se localiza en una zona consolidada con carácter urbano y residencial, situado a pocos minutos del centro de la población, rodeado por fincas de similares características. Dispone de equipamientos suficientes en el entorno como: médico-sanitario, docente, religioso, comercial, restaurantes. Cuenta con buenas comunicaciones con el resto de la localidad. Buen acceso a través de carreteras principales que rodea al municipio y lo comunican con el resto de la provincia - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CS-02606-0001
    98.000 €
    103.200 € - 5%
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Casa o chalet  en Los Bloques
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